El equipo de Retorno Consumibles S.L ha notado una deficiente gestión en la recogida de cartuchos vacíos en toda España, por esa razón hemos realizado un estudio que nos permitiera conocer a fondo la situación actual en cuanto a este tema.
Gracias a más de 30 medios de comunicación como Europapress, Periodista Digital, Bolsa Manía, El Confidencial, Eco Bolsa, y muchos más por ser nuestros aliados a la hora de dar a conocer este problema, haciendo eco para que las empresas se conciencien cada vez más.
Ciertamente, los resultados de nuestro estudio han arrojado que 5 de cada 10 empresas en España no gestionan sus cartuchos / toners vacíos de forma correcta.
Una empresa que genere cartuchos vacios debe tener al menos un contrato de gestión con su gestor de residuos, además por cada recogida efectuada se debe generar un DI o Documento de Identificación que debe archivarse durante tres años por ambas partes.
Así mismo, nos encontramos con que actualmente gran cantidad de empresas ni siquiera reciben documento de identificación por este material (que es obligatorio), otras muchas no tienen contrato firmado con su gestor de residuos e incluso algunas no saben si la empresa que les recoge tiene todos los permisos legales. No tienen información necesaria por parte de su gestor. Estas, son las 3 claves para saber si se está haciendo de la forma correcta.
Cerca de un 50% de los cartuchos y toners vacios de impresora producidos por empresas en territorio nacional, no se gestionan correctamente faltando toda o parte de la documentación necesaria.
Hay que recordar que si bien este no es un residuo peligroso, sí que es contaminante y requiere de una gestión ecológicamente sostenible y unos pasos concretos a la hora de su gestión legal.
Ha habido modificaciones en la ley tal y como se reflejan en el ANEXO III del Artículo 6 del R.D. 553 del 2 de Junio de 2020 por el que se regula el traslado de residuos en el interior del estado.
Para gestionar este tipo de material se requiere:
- Contrato de tratamiento que de inicio a la relación entre la empresa que genera el residuo (el productor) y la empresa receptora del mismo (gestor de residuos)
- Un Documento de Identificación (DI) en el que se identifican los códigos LER de los residuos a trasladar, sus pesos, la empresa de origen y la de destino. Este DI se elabora en cada una de las recogidas y ambas empresas tienen que mantenerlo por 3 años.
Aparte, se constata que muchas empresas, por desconocimiento de las leyes, entregan sus cartuchos o toners vacíos a personas o empresas que no están legalmente certificadas para hacer esta labor.
Es importante tener este material bien gestionado de cara a implementación de normas ISO medioambientales como la 14001 o para justificar su gestión legal.
Retorno consumibles, empresa Aragonesa con número de gestor de residuos AR/GNPO- 213, nos dedicmos a la recogida legal de cartuchos vacios de impresora en toda España, no solo recogemos este material, sino asesoramos a las empresas con las que colaboramos sobre los cambios en la legislación (por ejemplo la interpretación del reciente Art. Nº6 del R.D 553).
Es preciso que las empresas que generan cartuchos vacíos, tomen consciencia de que la recogida de este material debe hacerse no sólo de forma ecológicamente sostenible, sino que además tiene que cumplir todas las especificaciones legales. Nuestro servicio ayuda a implementar esta gestión de una manera cómoda y eficaz.
Evitar problemas y hacer la gestión legal de forma correcta es sencillo si se trabaja con profesionales. Para más información sobre traslado y gestión de cartuchos/toners vacios, Retorno Consumibles dará la asesoría necesaria.